Pedro Pérez, del sindicato denunciante (CIG), explica en Galiciapress las consecuencias de la reciente sentencia del Supremo que anula parte de un convenio de seguridad privada. Sentencia que puede suponer muy buenas noticias para los 90.000 trabajadores del sector, incluso con efectos retroactivos. En concreto, el Tribunal Supremo (TS) ha dejado sin validez varios artículos de convenio colectivo de la seguridad privada vigente durante 2015 y 2016 . La consecuencia es que las empresas deben pagar el 75% de recargo por el trabajo extra , es decir, por las horas en días festivos, de descanso o de vacaciones. Así, si un vigilante cobra, por ejemplo, 10 euros la hora normalmente, cuando trabaje en esas circunstancias debería cobrar 17,5 euros/hora. Así lo fija el Estatuto de los Trabajadores y, según la sentencia, el acuerdo que firmaron en su día algunos sindicatos con la patronal no es válido porque vulnera esa norma de rango superior. Así lo explica a esta redacción el responsa
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