Estimados
compañeros de PROSETECNISA, como bien sabéis todos en los próximos meses nos
convocaran para que realicemos los cursos de formación de este año 2018.
Quizás
muchos no sepan que nos corresponden 40 horas de formación al año, si
compañeros 40 horas y no las 20 horas como nos hacen creer o nos
quieren hacer creer y nos dicen, la explicación es muy sencilla:
Ø Ley de seguridad privada 5/2004 de 4 de abril, regula
la Formación Permanente, que al
objeto de mantener al día el nivel de aptitud y conocimiento necesario para el
ejercicio de las funciones atribuidas al personal de Seguridad Privada.
Ø El Estatuto de los Trabajadores, establece lo siguiente:
Articulo 23.3 Promoción
y Formación profesional en el trabajo.
3. Los trabajadores con al menos un año de antigüedad en la empresa
tienen derecho a un permiso retribuido de veinte horas anuales de formación
profesional para el empleo, vinculada a la actividad de la empresa, acumulables
por un periodo de hasta cinco años. El derecho se entenderá cumplido en todo
caso cuando el trabajador pueda realizar las acciones formativas dirigidas a la
obtención de la formación profesional para el empleo en el marco de un plan de
formación desarrollado por iniciativa empresarial o comprometido por la
negociación colectiva. Sin perjuicio de lo anterior, no podrá comprenderse en
el derecho a que se refiere este apartado la formación que deba
obligatoriamente impartir la empresa a su cargo conforme a lo previsto en otras
leyes. En defecto de lo previsto en convenio colectivo, la concreción del modo
de disfrute del permiso se fijará de mutuo acuerdo entre trabajador y
empresario.
La
interpretación del artículo 23.3 de E.T., lo dice claramente, cuando en el último
párrafo determina que……”no podrá comprenderse en el derecho a que se
refiere este apartado la formación que deba obligatoriamente impartir la
empresa a su cargo conforme a lo previsto en otras leyes” …… (en
nuestro caso, el Sector de Seguridad Privada viene regulado por la ley de
Seguridad Priva da 5/2014)
Compañeros
desde esta Sección Sindical, os animamos a solicitar la formación a la cual
tenéis derecho, así como en el caso de denegárosla solicitéis copia de la
denegación de la misma, de igual modo os animamos a poneros en contacto con
nosotros en la siguiente dirección de correo electrónico:

Igualmente
podéis seguirnos en
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nuestro blog “parcheando” http://blogparcheando.blogspot.com
o
en nuestra web PROSETECNISA.FESMCMADRID.ORG
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