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La nueva Ley de contratación pública y Los Planes de Igualdad

La nueva Ley de contratación pública y los Planes de Igualdad

El pasado mes de marzo entró en vigor la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público (por la que se transponen al ordenamiento jurídico
español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y
2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014), del que se destaca la necesidad que
marca la administración pública con la Igualdad de género y la responsabilidad
social corporativa dentro de las empresas.
Reconociendo que en el anterior texto jurídico ya existía la prohibición expresa
de contratación por parte de las entidades públicas con aquellas empresas que
tuvieran alguna sanción por infracción muy grave en materia laboral o social,
aunque entonces no se hacía mención a la obligación y necesidad de tener
planes de igualdad negociados y consensuados.
Afortunadamente, la nueva Ley de Contratos del Sector Público, además de lo
ya señalado, incluye en su artículo 71 la prohibición de contratar con las
empresas que tengan más de 250 personas en plantilla y no tengan un Plan de
Igualdad, conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007,
de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres”, debiendo
presentar dichas empresas una declaración responsable que acredite el citado
cumplimiento legal.
Aunque entendemos que este es un gran paso, que ayudará a que se
implementen las políticas de igualdad y la negociación de los planes en las
empresas de los servicios públicos y de las empresas que se contratan para
estos, no podemos dejar pasar la oportunidad para recordar que los planes
deben negociarse con la RLT y que tienen que estar basados en un diagnóstico
de situación de la empresa, para que contengan medidas que ayuden a
favorecer las condiciones de igualdad entre las mujeres y los hombres.
Por ello no dejamos de alertar a las compañeras y a los compañeros de las
prisas por parte de algunas de las empresas para firmar “acuerdos”, incluso sin
la legitimación y validez necesaria para la firma, y recordamos que la ley de
igualdad es del año 2007 y que en muchos casos, en muchas empresas, los
planes ya deberían estar negociados desde hace años, por lo que la
negociación de las medidas deberá hacerse para que sirva y mejore las condiciones de la plantilla, y no sólo en función de cumplir rápidamente este precepto
legal.

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